La Justicia federal dispuso que el Gobierno aplique de manera “inmediata” la Ley de Financiamiento Universitario, desestimando el decreto que había suspendido la actualización de salarios docentes y becas estudiantiles. La medida fue tomada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, bajo la conducción del juez Martín Cormick, en respuesta a una acción de amparo presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades del sistema universitario.
El fallo, que dejó sin efecto cautelar el Decreto 759/2025, ordena al Ejecutivo cumplir con lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, que aseguran la actualización de las remesas destinadas al pago de salarios y la recomposición automática de las becas. Según la resolución, la decisión del Gobierno de suspender la ley y condicionar su implementación a la aprobación de nuevas fuentes de financiamiento por parte del Congreso es «arbitraria» y contraria a la Constitución.
El juez Cormick subrayó que la suspensión de la ley, adoptada por el Ejecutivo, causaba “perjuicios graves de imposible reparación ulterior”. Según el magistrado, la situación afectaba directamente los derechos laborales de los trabajadores universitarios y comprometía los derechos constitucionales y tratados internacionales de los docentes y estudiantes. Además, argumentó que el impacto de esta medida se extendería al derecho fundamental de enseñar y aprender.
En su fundamentación, el juez también rechazó el argumento del Gobierno de priorizar el «interés público», al considerar que el deterioro salarial no solo afectaba a los trabajadores, sino que también tenía consecuencias en la calidad educativa. A pesar de los argumentos del Ejecutivo sobre el ahorro fiscal, que estimaba en alrededor del 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI), Cormick señaló que este impacto era mínimo y no justificaba la suspensión de la ley.
El fallo también cuestionó la medida del Gobierno por considerar que intentaba vulnerar el principio de división de poderes. La Corte advirtió que la Constitución establece que el Congreso tiene la facultad de insistir en leyes que luego son promulgadas, y que un decreto presidencial no puede contradecir ni suspender su vigencia.
Aunque el fallo no se expidió sobre el fondo de la cuestión y lo hizo en una etapa preliminar del proceso, se consideraron suficientes los requisitos para ordenar el cumplimiento inmediato de la ley. La medida cautelar, que tendrá vigencia hasta la sentencia definitiva, subraya la importancia de garantizar la correcta aplicación de los derechos laborales y la educación pública en el país.
Con esta decisión, el sistema universitario se ve respaldado en su lucha por la actualización de salarios y becas, mientras que el Gobierno deberá ajustarse a lo dictado por la Justicia y reactivar la implementación de la ley. La resolución no solo marca un precedente en la defensa de los derechos laborales de los docentes, sino que también pone en evidencia la tensión entre los poderes Ejecutivo y Legislativo en relación con el financiamiento universitario.





