16 Nov 2025
17.2 C
Nueve de Julio

Solicitan congelamiento de precios y tarifas

Las entidades que, en conjunto, solicitaron el congelamiento, son las siguientes: ACUCC, , ACUDA , ADECUA , ADELCO, ADUC, ADDUC, ASOCIACION DE USUARIOS DE
CORRIENTES, CEC, CESYAC, CODEC, CONSUMIDORES ARGENTINOS, CONSUMIDORES LIBRES, CRUZADA CIVICA, DEUCO,
FEMUDECO, LIDECO, PADEC, PROCONSUMER, PROCURAR, PROTECTORA, RED ARGENTINA DE CONSUMIDORES, UCA, UCU,
UNADEC, UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES, USUARIOS Y CONSUMIDORES EN DEFENSA DE SUS DERECHOS .
 
 
SOLICITA INMEDIATAS ACCIONES PARA CONGELAMIENTO DE
PRECIOS Y TARIFAS POR AUMENTOS DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE
Telefonía Fija
Telefonía Móvil Plan Pospago y Planes Mixtos
Telefonía Móvil Plan Prepago
Servicio de Internet
Servicio de TV por suscripción por Cable o Satelital
Para Usuarios particulares y PYMES.
Señor Presidente del ENACOM
Sr. Claudio Ambrosini
Señor Vicepresidente del ENACOM
Licenciado Gustavo López
Su despacho
Los representantes de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores integrantes de la Comisión de Usuarios de Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ( CUSTIC) nos dirigimos y respetuosamente decimos:
Que a raíz de la pandemia y las medidas que ha tomado de forma firme y oportuna para paliar la gravedad que la misma el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y municipales, creemos oportuno que el ENACOM, tome medidas acorde a las
circunstancias vividas por el pueblo argentino y en especial por los usuarios de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones y actúe en
consecuencia.
Con fecha 26 de marzo del corriente año, esta Comisión de Usuarios solicitó la nulidad de los incrementos realizados por 2 proveedores prestadores de servicios de comunicación: “Personal” y “Movistar” y mencionábamos, que se retrotrajeran los valores que estaban vigentes al mes de febrero de 2020.

No recibimos respuesta a nuestro pedido, pero con gran alegría pudimos ver en la pagina web de ENACOM la Resolución N° 2248 donde nos informaban que las prestadoras de telefonía habían acordado congelar los aumentos. De esta misma
noticia se hicieron eco varios medios radiales, televisivos y gráficos.
Copiamos a continuación algunas URL:
https://www.enacom.gob.ar/institucional/enacom-y-las-prestadoras-de-telefonia-
acordaron-congelar-los-aumentos_n2248
https://www.cronista.com/apertura-negocio/empresas/Congelan-las-tarifas-de-
telefonia-fija-y-los-planes-prepagos-de-celulares–20200331-0003.html
https://www.baenegocios.com/negocios/Alertan-sobre-suba-de-tarifas-de-
telefonia-celular-en-plena-cuarentena–20200401-0069.html

Obviamente Ustedes podrán observar que lejos de congelar los valores, los proveedores han seguido aumentando el valor de sus servicios y el ENACOM ,
estimamos que, en un olvido involuntario, no publicó la Resolución correspondiente en el Boletín Oficial de la República Argentina que pondría fin a los aumentos
inescrupulosos realizados por los prestadores de estos servicios que caen bajo la auditoría y control del organismo que Ustedes dirigen.
Numerosas familias, Señores Presidente y Vicepresidente del ENACOM, se encuentran acosadas, intimidadas, angustiadas porque ante el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO no tienen como comunicarse con sus familiares,
amigos, vecinos parientes, etc.; ídem los adultos mayores que necesitan comunicarse con sus médicos por enfermedades preexistentes, con las farmacias,
con sus obras sociales, la gente en general no logra relacionarse con sus trabajos, no pueden realizar tareas de teletrabajo, sus hijos e hijas no logran tener contacto con sus plataformas escolares y sumados a todos ellos, los docentes, para poder seguir con el ritmo escolar que ya, y obviamente, ante la pandemia del Covid 19, no pueden realizar en forma continua y sistemática, que decir de los profesores y profesoras que deben realizar planificaciones y enviar tareas y trabajos prácticos a sus estudiares, que decir de las personas con discapacidad que necesitan de una
computadora con conexión a internet para la estimulación del habla, la vista, la lectura o simplemente los juegos. Creemos que tan solo si tuvieran en cuenta el bienestar superior del niño, niña y adolescente, derechos de la tercera edad y personas con discapacidades, no pensarían más y tomarían cartas en el asunto para frenar este abuso y falta de
solidaridad social de las empresas proveedoras.
La falta del dictado de esta Resolución por los canales formales necesarios (B.O.R.A.)
no sólo no se vio mejorada en esta situación grave de incomunicación, sino que al revés, se agravó con creces al generar y permitirse la emisión de facturas con abultados incrementos sistemáticos.

Esto crea un riesgo grave a la salud psicofísica de las personas mayores, con discapacidad, de bajos recursos, docentes, profesores, escolares, estudiantes, teletrabajadores que necesitan de cierto plazo de estabilidad económica-financiera (los pocos que pueden) para sobrevivir en esta pandemia.
Estos proveedores de servicios han desconocido el enorme esfuerzo que la población, y todos los representantes del gobierno de la nación, provincias y
municipios, están teniendo en esta emergencia.
Por todo esto, la Comisión de Usuarios les solicita que en forma urgente adopte las siguientes medidas:
1) La nulidad de los incrementos realizados por todos proveedores prestadores de servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2) Retrotraer los valores de tarifas y precios al 1 de febrero de 2020.
3) No permitir que los proveedores, como consecuencia del congelamiento de precios, nos quiten los beneficios otorgados tomándose éstos como un derecho pactado y adquirido.
4) Congelar por 180 días a partir del 1 de febrero de 2020 los precios y tarifas de todos los proveedores de servicios de tecnologías de la información y comunicación para personas humanas y PYMES para los servicios mencionados en el epígrafe.
5) Realizar la devolución de los aumentos a los usuarios en la primera factura emitida luego de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la
República Argentina
6) Aplicar las sanciones que correspondan en aras de la protección de los consumidores (derecho especialmente protegido por el artículo 42 de la CN)
y de todos los argentinos y argentinas y que esta actuación, sea especialmente tenida en cuenta, a la hora del dictado de otras medidas, y de repartir equitativamente las cargas entre los distintos actores sociales.

Últimas noticias

Fussari: planificar la Producción

  La Subsecretaria de Producción del Municipio, Cecilia Fusari, pasó por ‘Temprano para todo’ (Supernova 97.9) para contar muchas de...

Noticias relacionadas