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jueves, 12 diciembre, 2024

Reducir el contenido de grasas trans en alimentos es una cuestión de salud pública

Las grasas trans producidas industrialmente no tienen ningún beneficio para la salud, no son esenciales y no se requieren para ninguna función biológica en el organismo.

*Por (Victoria Tiscornia, nutricionista e investigadora de la Fundación Interamericana del Corazón Argentina FIC Argentina).

 

En la última reunión de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), realizada el 24 y 25 de agosto, se aprobó la propuesta de actualización del artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino (CAA) que reduce los límites de contenido de grasas trans en los productos alimenticios y prohíbe los aceites parcialmente hidrogenados.

Es importante destacar que la propuesta está basada en los mejores estándares de salud pública y en evidencia científica libre de conflicto de interés. Para que este gran avance en materia de salud sea efectivo, resta que la norma sea publicada en el Boletín Oficial.

 

¿Por qué hablamos de un avance en materia de salud? Porque la evidencia sostiene que las grasas trans producidas industrialmente no tienen ningún beneficio para la salud, no son esenciales y no se requieren para ninguna función biológica en el organismo.

Sin embargo, hoy las encontramos en una gran cantidad de productos como en la margarina, galletitas, snacks, baños de repostería, entre otros ultraprocesados. Estas grasas son producidas a través de la hidrogenación de aceites, creando aceites parcialmente hidrogenados (APH) que aumentan la solidez y estabilidad de la grasa.

 

Entre 2018 y 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), difundieron los nuevos estándares que recomiendan por un lado eliminar o reducir el contenido de las grasas trans de origen industrial a un máximo del 2% del contenido total de grasas en todos los productos alimenticios; y, por otro lado, sugieren prohibir los aceites parcialmente hidrogenados.

 

El camino hasta la aprobación de esta propuesta en Argentina fue arduo y tuvo diversas instancias. En el año 2013 desde FIC Argentina comenzamos a realizar monitoreos constantes de productos envasados que permitieron identificar ciertos nichos de productos con una gran cantidad de estas grasas, como por ejemplo barras de cereal y alfajores. A partir de estos monitoreos, del intercambio con referentes expertos en la temática y con decisores/as políticos, nos unimos a otras organizaciones de la sociedad civil para trabajar en una mejora de la normativa.

 

Así fue como, en septiembre de 2021 presentamos ante la CONAL una propuesta junto a la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS), la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN), Consumidores Argentinos (CA) y la Sociedad Argentina de Nutrición en Alimentos Reales (SANAR) para actualizar el artículo 155 tris incluyendo las recomendaciones internacionales.

 

Tras tres reuniones de la CONAL y de una consulta pública que reflejó el gran apoyo de la población y referentes de la temática en esta política, la CONAL aprobó la iniciativa que establece los siguientes plazos:

* 2 años para adecuar a los alimentos al límite del 2% establecido de grasas trans

* 3 años para adecuar los ingredientes y materias primas al mismo límite

* 4 años para eliminar el uso de aceites y grasas parcialmente hidrogenadas

 

Es importante destacar que estos plazos comienzan a correr una vez que la modificación del art 155 tris sea publicada en el Boletín Oficial, un paso pendiente al día de hoy. Es por eso que desde la sociedad civil le solicitamos al Poder Ejecutivo la pronta publicación de la resolución para efectivizar la medida.

 

Una vez que esto ocurra, seguiremos trabajando para garantizar una correcta implementación de la norma, un eje que resulta crítico en otras políticas de salud como es la ley de etiquetado frontal, cuya implementación, a un año de ser sancionada, se encuentra demorada. (Télam)

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