La Corte Suprema bonaerense avaló el reclamo vecinal en Chivilcoy: agua sin arsénico como derecho humano
La Justicia le ordenó a ABSA construir una planta de ósmosis inversa y adecuar el servicio con controles bimestrales. Un precedente clave para toda la provincia.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dejó firme el fallo que obliga a Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) a garantizar agua potable segura en la ciudad de Chivilcoy, con niveles de arsénico inferiores a 10 microgramos por litro (µg/L), tal como lo establece el Código Alimentario Argentino.
El máximo tribunal rechazó la queja presentada por la empresa prestataria, que se amparaba en una antigua normativa provincial que permitía hasta 50 µg/L, un valor ampliamente superado por los estándares actuales y por el consenso científico y sanitario nacional e internacional.
Un reclamo de más de una década
El conflicto comenzó hace más de diez años, cuando un grupo de vecinos y vecinas de Chivilcoy interpuso una acción de amparo exigiendo agua segura y sin contaminantes, ante los persistentes niveles de arsénico detectados en el suministro. La justicia ya les había dado la razón tanto en primera como en segunda instancia.
Con la decisión de la Suprema Corte, la sentencia quedó firme. Ahora, ABSA deberá construir una planta de ósmosis inversa y adecuar de forma urgente el servicio, cumpliendo los parámetros establecidos a nivel nacional e internacional.
Un precedente para toda la provincia
Este fallo representa un hito histórico, no solo para Chivilcoy, sino para toda la Provincia de Buenos Aires. La resolución reafirma que el acceso al agua segura es un derecho humano básico, que debe estar por encima de cualquier interés económico o burocrático.
Además, obliga al Organismo de Control del Agua (OCABA) a implementar controles bimestrales, cuyos resultados deberán ser públicos y accesibles para la comunidad.
Qué dice la ciencia
El planteo de ABSA —y también de sectores del Gobierno provincial— defendía como «aceptable» un valor de hasta 50 µg/L de arsénico. Sin embargo, esta postura va en contra de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), del Código Alimentario Argentino, y de estudios realizados por instituciones de referencia como la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UBA, el CONICET y el Hospital de Niños de La Plata. Todos estos argumentos fueron tenidos en cuenta por la Justicia.
En paralelo, el Mapa del Arsénico en Argentina, elaborado por el Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA), muestra que en gran parte del interior bonaerense los niveles de arsénico en el agua subterránea superan los 75 a 370 µg/L, incluso muy por encima de los 50 µg/L defendidos por ABSA.
El derecho a saber… y a vivir sin veneno
El fallo de la Corte no solo obliga a mejorar la infraestructura y el servicio. Reconoce un derecho esencial: el de acceder a agua potable sin sustancias que afecten la salud. Y ese derecho, ahora respaldado por la más alta instancia judicial provincial, marca un antes y un después para todos los bonaerenses que enfrentan situaciones similares.




