AFIP: Se extiende la suspensión de embargos a PyMES

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de noviembre la suspensión decidida a mediados de septiembre de los embargos a las micro, medianas y pequeñas empresas con deudas impositivas.

A través de la resolución general 4630/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, AFIP estableció un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema Mis Facilidades aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 15 de agosto último, y suspendiendo por el término de 90 días la traba de medidas cautelares; es decir, los embargos para los sujetos que revistan la condición de mipyme, así como también para aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados como potencial mipyme.

Con el fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, el organismo recaudador amplió hasta el 30 de noviembre próximo, inclusive, la fecha límite para adherir al referido régimen.

En consecuencia, subrayó que razones de buena administración tributaria aconsejan extender hasta el 30 de noviembre próximo también, la fecha de suspensión de traba de medidas cautelares. 

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