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martes, 23 abril, 2024

¿Me pagan lo que corresponde?

(Por Nicolás Gabriel Suarez Monío – Abogado)

Cuando un trabajador percibe que existe una diferencia entre lo que debería estar cobrando y lo que efectivamente se le abona, nos encontramos ante una diferencia salarial.

Bastante a menudo sucede que el empleador no respeta los aumentos decretados por el gobierno o por los distintos acuerdos sindicales según la actividad laboral que realiza, o no abona rubros que le corresponden al trabajador de acuerdo a lo trabajado (horas extras, presentismo, entre otros). Otras veces se da un atraso en los pagos de los mismos o su abono “en cuotas”.

En dichas situaciones nos encontramos ante un incumplimiento por parte del empleador de una de sus obligaciones fundamentales. El salario tiene carácter alimentario y no puede ser motivo de modificación, debe ser puntual y no se puede excusar la falta de pago por razón alguna. Abonar mensualmente al trabajador la totalidad de las percepciones económicas es una obligación del empleador.

Las charlas de salario nunca son tema sencillo, por ello es importante estar informados para poder hacer valer correctamente nuestros derechos. Es fundamental controlar nuestro recibo de haberes, revisar si cada punto se condice con los items acordes al trabajo realizado. A esto se agrega si se están haciendo los aportes correspondientes a la seguridad social y otros que corresponden conforme la ley en cada caso y que también revisten una obligación del empleador.

La mayoría de los convenios se encuentran disponibles en internet, en los sindicatos o  se pueden solicitar en organismos como el ministerio de trabajo. Cada actividad laboral tiene escalas correspondientes y acuerdos que en ella existen en cuanto a aumentos y demás y que varían en el tiempo.

También es cierto que el ámbito laboral es un lugar donde se habla entre los compañeros y suelen surgir en la conversación comentarios del tipo “¿cuántos cobraste este mes?” o  “¿te pagaron el aumento?”, y esto muchas veces lleva a malos entendidos, asique nuestra recomendación es que en caso de duda te asesores ya sea en el ámbito del ministerio de trabajo, la oficina de recursos humanos de tu empresa o con un profesional para corroborar que se esté cumpliendo con todo lo que corresponde. Tene siempre presente que la ley protege al trabajador en las situaciones en que no se cumple con esta obligación y que con asesoramiento a tiempo podes resolver un problema y evitar complicaciones mayores o malos entendidos.

 

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