Malondra condenado y absolución para Poggi y Castagnino

El ex presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica y de Servicios Mariano Moreno, Omar Malondra, fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional tras ser hallado culpable del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública. Por otra parte, el mismo Juzgado Correccional Nro.1 de la ciudad de Mercedes absolvió a Alfredo Poggi y Carmen Castagnino, quienes quedaron formalmente desvinculados del caso al no haberse comprobado su participación delictiva en los hechos investigados.
Al tratarse de una pena de ejecución condicional, Malondra no irá a la cárcel de forma efectiva, pero deberá someterse a estrictas reglas de conducta durante los próximos tres años bajo apercibimiento de revocar el beneficio. Entre las restricciones impuestas por los magistrados se destaca la prohibición absoluta de concurrir a las instalaciones de la Cooperativa de Nueve de Julio, la entidad que estuvo en el centro de la controversia financiera.
Asimismo, Malondra, entre otras cosas, deberá fijar un domicilio ante el control del Patronato de Liberados, abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas, y cumplir con la obligación de no cometer nuevos delitos.
La sentencia contempla también una reparación con impacto comunitario. Malondra tendrá que elegir entre realizar tres horas semanales de trabajos no remunerados en favor de instituciones de bien público durante tres meses, o donar un total de tres mil pañales al hospital público local, a razón de mil unidades mensuales por el mismo período de tiempo. Los costos financieros derivados de todo el proceso judicial correrán por su cuenta.
En el caso de los absueltos Poggi y Castagnino, el tribunal aplicó el principio constitucional de inocencia al considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía no fueron suficientes para demostrar su culpabilidad, eximiéndolos además del pago de las costas procesales.

Detalles de la causa  

Los hechos investigados comenzaron a gestarse entre los años 2015 y 2016, cuando la CEyS recibió una partida presupuestaria del plan nacional de obras públicas «Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria». El destino específico de este presupuesto era la adquisición e instalación de luminarias con tecnología LED para modernizar los tres accesos principales de la ciudad de Nueve de Julio. Sin embargo, la investigación encabezada por la Justicia de Mercedes, determinó que los recursos estatales sufrieron una desviación de su destino original.

La acusación del Ministerio Público Fiscal, tramitada ante el Departamento Judicial de Mercedes, se focalizó en el libramiento de tres cheques por un monto total de 5.598.000 pesos (valores de octubre de 2015) emitidos por las entonces autoridades de la CEyS. Según la investigación judicial, la defraudación consistió en las siguientes irregularidades. Primero, los cheques se emitieron bajo una modalidad «al portador», facilitando su circulación sin los controles internos habituales de la entidad. Segundo, los valores fueron canalizados y cobrados en una mesa de dinero informal o entidad finaciera de la ciudad de Buenos Aires. Tercero, ese dinero desapareció con destino incierto, no se hallaron contratos de respaldo claros ni se identificó de forma regular a los cobradores físicos directos, lo que obligó posteriormente a la Cooperativa a afrontar pérdidas financieras para cubrir lo que el Estado ya había subsidiado.

El caso presentó una complejidad y controversia debido a las versiones contrapuestas entre la querella de la Cooperativa y la defensa de los exmiembros del Consejo de Administración. Los ex miembros del Consejo de Administración sostuvieron que la CEyS había actuado de buena fe y que había sido estafada por la proveedora contratada (SUTEC S.A.), la cual cobró los valores pero no entregó la totalidad de las luminarias LED pactadas. Afirmaron que ellos mismos impulsaron las primeras mediaciones comerciales y radicaron una denuncia penal en los tribunales federales de Comodoro Py contra dicha firma.
No obstante, el enfoque de la Unidad Funcional de Investigaciones Complejas se centró en la responsabilidad interna del manejo de los valores de la CEyS. Para la Justicia, el desapego a los protocolos administrativos y la emisión de los cheques constituyeron una maniobra penalmente responsable de defraudación a la administración pública, una resolución que derivó en la condena de Malondra y la absolución de los restantes directivos, Poggi y Castagnino, imputados por falta de pruebas sobre su participación directa.

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