6 Dic 2025
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Nueve de Julio

El Editorial del Lobo

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Una condena firme, un silencio cómplice y una intendente denunciada

La intendente de 9 de Julio, María José Gentile, fue denunciada penalmente ante la Unidad Funcional de Instrucción N.º 1 del Departamento Judicial de Mercedes, acusada de encubrir a la jueza de Faltas, María Florencia Valinoti. Esta última fue condenada por el Juzgado Correccional N.º 4, y dicha sentencia fue confirmada por la Excelentísima Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal —Sala III— del mismo Departamento Judicial. Posteriormente, el fallo fue declarado firme e irreversible por todos los órganos superiores de la Provincia. Sin embargo, Valinoti continúa en funciones. A pesar de las advertencias públicas y del carácter ejecutorio de la condena, el Ejecutivo Municipal optó por mantenerla en el cargo. Este acto no puede interpretarse como una omisión: es una decisión política con implicancias penales e institucionales.

La condena, la omisión y la complicidad

El expediente judicial es claro: Valinoti fue condenada por hechos cometidos durante su función pública. El fallo fue ratificado por instancias superiores —incluido el Tribunal de Casación Penal y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires—, agotando todas las vías recursivas. Desde el 31 de mayo de 2024, la condena es firme, ejecutable y le impone inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Lo que agrava el escenario es que la intendente Gentile no solo estaba al tanto de esa situación, sino que decidió ignorarla. El 31 de julio pasado, en el programa “Somos Noticias” (Suma play), el propio secretario de Gobierno, Federico Aranda, confirmó que la mandataria conocía la existencia del fallo. Pese a ello, Valinoti continúa firmando resoluciones, representando institucionalmente al Municipio y ejerciendo funciones jurisdiccionales en abierta contradicción con el orden legal.

Una denuncia con nombre, hechos y expediente

La causa, bajo el Nro. IPP N.º 09-00-004413-25/00, fue ampliada por el bloque de concejales de la Libertad Avanza -Luis Moos y Sol Ormaechea- ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 1 del Departamento Judicial de Mercedes con pruebas documentales, registros administrativos y antecedentes judiciales. No se trata de rumores ni de especulación partidaria: se denuncian hechos precisos, con fecha, firma y expediente.

Además del caso Valinoti, la presentación penal acumulan otras actuaciones bajo investigación, como el caso “Nandi” / “Coaching Ontológico” y la causa denominada “Tierra”. La acumulación de hechos configura un patrón de funcionamiento institucional que debe ser revisado en profundidad.

Sentencia firme. Caso cerrado

María Florencia Valinoti fue condenada a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para ejercer cargos públicos por el Juzgado Correccional N.º 4 del Departamento Judicial de Mercedes a cargo de la Jueza María Teresa Bomaggio, esa sentencia fue confirmada por la Cámara de Apelaciones y Garantías Sala III el día 9 de noviembre de 2023 con la firma de los Jueces Camilo Eduardo Petetti e Ignacio Jose Gallo, cumpliendo así con el principio del “doble conforme”.

Posteriormente, su defensa interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires (Sala IV), que fue rechazado por improcedente el día 31 de mayo de 2024, conforme al artículo 450 del Código Procesal Penal bonaerense. La resolución fue firmada por los Magistrados Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello.

El 1 de agosto de 2024, ante una nueva apelación incoada por el Dr. Eduardo Aníbal Vaira, -abogado defensor de Valinoti- la misma Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley, nulidad e inconstitucionalidad deducidos por la defensa de Valinoti contra la decisión ya confirmada.

Finalmente, en el marco de la causa N.º 131.869, la defensa interpuso un nuevo recurso, esta vez de QUEJA ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que también fue rechazado por inadmisible, agotando toda la vía recursiva.

Resultado: sentencia firme, ejecutable e irreversible. Conforme a los artículos 470 y 478 del Código Procesal Penal bonaerense, la firmeza otorga autoridad de cosa juzgada y su ejecución es inmediata.

Comparaciones que no aplican

Desde algunos sectores se ha intentado justificar la situación comparándola con el proceso judicial de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Sin embargo, esa analogía carece de sustento técnico. En el caso de Fernández de Kirchner, las vías de revisión judicial fueron agotadas ante tribunales competentes y dentro de los plazos procesales. En el caso de Valinoti, el Dr. Eduardo Aníbal Vaira presentó una inflación de recursos incongruentes, inconsistentes, improcedentes e inadmisibles, errores que no impidieron que la sentencia quedara firme y con autoridad de cosa juzgada, tal como lo establecen -ahora, a riesgo de sonar reiterativo- los artículos 470 y 478 del Código Procesal Penal bonaerense. La firmeza no es una cuestión de interpretación política: es una condición procesal objetiva.

El riesgo de institucionalizar la ilegalidad

La permanencia de una jueza condenada en el cargo no solo vulnera la normativa vigente; mina la legitimidad del Estado local, envía un mensaje de impunidad y erosiona la confianza en las instituciones. Cuando una jefa comunal, con pleno conocimiento de la ilegalidad, elige sostenerla, asume la responsabilidad directa por sus consecuencias jurídicas y políticas. Este caso no es menor. Marca un punto de inflexión sobre cómo se concibe el poder en el municipio: si está para garantizar el cumplimiento de la ley o para administrar según conveniencia.

Reflexión final

La ley no se negocia. Y el silencio frente a una sentencia firme no puede seguir disfrazado de cautela: es una forma de encubrimiento. Cuando la autoridad tolera una transgresión manifiesta, no solo debilita las instituciones, habilita una cultura de impunidad donde el delito se normaliza, la responsabilidad se diluye y el poder deja de responder ante la sociedad. Como decía mi abuelo Lobo: “Quien tolera el desorden para evitar la guerra, termina teniendo tanto el desorden como la guerra”. Hoy, esa advertencia no es una metáfora: es el retrato exacto del presente municipal.

El Lobo

 

 

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