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martes, 23 abril, 2024

ANSES cambió los requisitos para acceder a la pensión universal y controlará los gastos

Para aprobar el otorgamiento de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), se realizará una evaluación socioeconómica en base a los ingresos del solicitante, consumo de tarjetas de débito y crédito, patrimonio como bienes, autos y embarcaciones.

 La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) decidió establecer nuevos requisitos para los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), un programa al que acceden quienes no cumplen con los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.

Dicha pensión es de 8.328 pesos lo que equivale a 80% del haber mínimo para mujeres y varones de más de 65 años que no cobran jubilación, no trabajan y que no pueden jubilarse porque no tienen los 30 años de aportes para jubilarse.

A partir de ahora y, según fija la flamante resolución 17, para aprobar el otorgamiento de la PUAM, se realizará una evaluación socioeconómica en base a los ingresos del solicitante, consumo de tarjetas de débito y crédito, patrimonio como bienes, autos y embarcaciones.

“Las personas que soliciten la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) instituida por el artículo 13 de la Ley 27.260, a partir de la vigencia de la presente reglamentación, deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante ANSeS, conforme las disposiciones del presente Anexo”, dice la resolución

Asimismo, el comunicado agrega que “para la evaluación prevista en este artículo, ANSeS requerirá a la AFIP la información necesaria para controlar y definir el derecho al acceso a la prestación PUAM, guardando expresa confidencialidad sobre la misma”.

En la actualidad, unas 120 mil personas en Argentina cobran la PUAM. A diferencia de las jubilaciones ordinarias, la PUAM no da derecho a la pensión por viudez (no es heredable por el cónyuge).

Los nuevos requisitos

-Los ingresos brutos anuales percibidos en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación, no podrán superar en promedio los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar.

-Se tendrán en cuenta además en este análisis, los sueldos brutos en relación de dependencia, haberes previsionales brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias y el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

-Además, los gastos y consumos efectuados con tarjetas de crédito y débito no podrán superar en más del 30% los ingresos calculados.

-La manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá superar cuatro veces el importe anualizado del ingreso bruto.

-La titularidad de bienes registrados en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, tampoco deberán superarlo en 1,5 veces.

-No podrán tener titularidad de bienes en los registros de la Administración Nacional de Aviación Civil, y en el caso que los tuvieran en los registros de la Prefectura Naval Argentina, no podrán ser embarcaciones de más de nueve metros de eslora. (InfoGEI) Mg

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