Para aprobar el otorgamiento de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), se realizará una evaluación socioeconómica en base a los ingresos del solicitante, consumo de tarjetas de débito y crédito, patrimonio como bienes, autos y embarcaciones.
Dicha pensión es de 8.328 pesos lo que equivale a 80% del haber mínimo para mujeres y varones de más de 65 años que no cobran jubilación, no trabajan y que no pueden jubilarse porque no tienen los 30 años de aportes para jubilarse.
A partir de ahora y, según fija la flamante resolución 17, para aprobar el otorgamiento de la PUAM, se realizará una evaluación socioeconómica en base a los ingresos del solicitante, consumo de tarjetas de débito y crédito, patrimonio como bienes, autos y embarcaciones.
“Las personas que soliciten la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) instituida por el artículo 13 de la Ley 27.260, a partir de la vigencia de la presente reglamentación, deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante ANSeS, conforme las disposiciones del presente Anexo”, dice la resolución
Asimismo, el comunicado agrega que “para la evaluación prevista en este artículo, ANSeS requerirá a la AFIP la información necesaria para controlar y definir el derecho al acceso a la prestación PUAM, guardando expresa confidencialidad sobre la misma”.
En la actualidad, unas 120 mil personas en Argentina cobran la PUAM. A diferencia de las jubilaciones ordinarias, la PUAM no da derecho a la pensión por viudez (no es heredable por el cónyuge).
Los nuevos requisitos
-Los ingresos brutos anuales percibidos en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación, no podrán superar en promedio los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar.
-Se tendrán en cuenta además en este análisis, los sueldos brutos en relación de dependencia, haberes previsionales brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias y el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
-Además, los gastos y consumos efectuados con tarjetas de crédito y débito no podrán superar en más del 30% los ingresos calculados.
-La manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá superar cuatro veces el importe anualizado del ingreso bruto.
-La titularidad de bienes registrados en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, tampoco deberán superarlo en 1,5 veces.
-No podrán tener titularidad de bienes en los registros de la Administración Nacional de Aviación Civil, y en el caso que los tuvieran en los registros de la Prefectura Naval Argentina, no podrán ser embarcaciones de más de nueve metros de eslora. (InfoGEI) Mg