El juicio por las fumigaciones en Pergamino entró en la etapa de alegatos. La querella pidió cárcel efectiva y una “distancia de rescate” definitiva para escuelas y pueblos rurales. La sentencia, que aún debe escuchar a las defensas, puede marcar un precedente para todo el interior bonaerense.
En el día 17 del juicio que se sigue ante el Tribunal Oral Federal, la querella —encabezada por los abogados Carlos González Quintana y Fernando Cabaleiro— cerró su exposición y pidió penas de hasta 5 años de prisión efectiva, además del decomiso de la maquinaria de pulverización. Sostuvo que no hubo accidente sino una conducta dolosa: aplicaciones nocturnas, recetas fitosanitarias ocultadas y veneno arrojado hasta el límite del alambrado. Diez metros. Esa es la distancia que, según la acusación, separaba el alambre del campo en el que se arrojaban agrotóxicos de las casas donde dormían los chicos de Villa Alicia, La Guarida y Luar Kayad. A esa misma distancia funcionaba la Escuela Nº 52. El dato, más que cualquier alegato, ordena todo lo demás.
El eje del caso es la prueba. La acusación apoyó su relato en las pericias del INTA Balcarce: afirma que las mismas moléculas de glifosato y atrazina halladas en los campos imputados aparecieron en patios, tanques de agua y en la escuela. Más aún, citó estudios sobre marcadores biológicos en los propios vecinos y un testimonio pericial según el cual la exposición crónica habría dejado huella genética en una familia del barrio. La querella mencionó, además, una incidencia de tumores que ubicó muy por encima de la media en los pueblos fumigados.
Sobre ese piso fáctico, la querella montó su apuesta jurídica más ambiciosa. Invocó los principios de No Regresión y de Objetivación de la Tutela Ambiental —la idea de que las decisiones ambientales deben fundarse en la mejor ciencia disponible y no en la conveniencia política o sectorial— y se apoyó en la Opinión Consultiva 32/2025 de la Corte Interamericana. De allí derivó un pedido concreto: que la franja de protección de 1.095 metros no se reduzca y se extienda a las escuelas rurales y los parajes del interior, hoy menos protegidos que el casco urbano.
Cabaleiro tomó el concepto de “distancia de rescate” de la novela de Samanta Schweblin para nombrar esa franja de exclusión: el margen necesario para sacar a una población vulnerable de la línea de fuego. Es una imagen literaria convertida en pretensión procesal. Y otra muy elocuente, una frase de Atahualpa Yupanqui también citada en el alegato: «Hay una cosa en la tierra más importante que Dios, y es que nadie escupa sangre para que otro viva mejor».
Todo con la cautela que exige cualquier proceso abierto. Lo dicho hasta aquí es la versión de la querella. Restan los alegatos de las defensas —que, junto con el municipio, relativizan el alcance del daño— y la palabra del tribunal, único habilitado para fijar responsabilidades. Rige, hasta entonces, la presunción de inocencia.
El expediente ya instaló una discusión que excede a Pergamino. Para el interior bonaerense —donde conviven la escuela, el almacén y el lote sembrado a pocos pasos— la pregunta de fondo es sencilla y dura: cuántos metros valen la salud de un chico. La sentencia dirá el derecho. La respuesta cultural, esa, todavía la debemos como sociedad.
El Lobo





