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domingo, 28 abril, 2024

Diputado bonaerense busca agilizar el cambio de apellido para víctimas de delitos sexuales intrafamiliares

El diputado provincial Valentín Miranda, presentó un proyecto para que desde la Provincia de Buenos Aires se solicite a la Nación la modificación del Código Civil y Comercial y así permitir el cambio de apellido a víctimas de delitos contra su integridad sexual, cuando el agresor o agresora fuera alguno de sus progenitores o ascendientes.

La iniciativa promueve que el cambio de apellido de la víctima pueda ser realizado mediante un trámite ordinario, sin la necesidad de una intervención judicial, y así evitar una instancia de revictimización.

Se trata de un proyecto de declaración presentado en la Cámara de Diputados provincial que surgió del contacto que el diputado Miranda mantiene con un Colectivo que visibiliza de manera activa los casos de violencia y abuso en el seno familiar en el distrito de Trenque Lauquen y se movilizan para lograr la agilización en las causas judiciales, mejorar el sistema de contención de las víctimas y generar la solidaridad de la sociedad.

En diálogo con InfoGEI, el legislador manifestó “estamos pidiendo que se agregue como una de las causales para que se pueda dar el cambio de apellido en el marco del Articulo 69 del Código Civil y Comercial a estos casos donde el abuso sexual haya sido cometido por un familiar directo de la víctima”.

Concretamente, el texto de la iniciativa menciona que “vería con agrado se modifique el Código Civil y Comercial de la Nación, a los fines de permitir el cambio de apellido, sin intervención judicial, en aquellos casos de personas que hayan sido víctimas de delitos contra su integridad sexual, por parte de alguno de sus progenitores o ascendientes”.

El diputado Miranda explica que “el tránsito por un proceso judicial equivaldría a una revictimización, en tanto se expondría a la persona a rendir nuevamente su testimonio y sujetar la suerte de su pretensión a las formas del juicio, que directa o indirectamente le proporcionarían un sufrimiento innecesario para lograr un objetivo totalmente justificado por sus padecimientos anteriores”.

Cabe destacar que el mencionado Artículo 69, ya prevé considerar justos motivos, y no requerir intervención judicial, el cambio de prenombre por razón de identidad de género y el cambio de prenombre y apellido por haber sido víctima de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad.

“Es muy conmovedor escuchar las historias delos familiares y en este caso particular me parece que es una causa muy justa y es por eso que queremos darle el impulso desde la Legislatura bonaerense para poder ayudar también a poner en agenda este tema”, describió Valentín Miranda siempre en contacto con InfoGEI.

 El proyecto hace hincapié en que mantener el apellido del agresor sexual “afecta moralmente y de manera irremediable y continua a la víctima”.

 

(InfoGEI) Mg

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