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viernes, 19 abril, 2024

Chivilcoy: El Municipio dio marcha atrás con la sanción a la empleada por un «Me gusta» en Instagram

Luego de la polémica que se generó a raíz del pedido que elevó el Secretario de Seguridad del Municipio para la suspensión de una agente de la Guardia Urbana por avalar una crítica al Centro de Monitoreo local, se «reconsideró» la sanción.

A raíz de la polémica que generó el pedido del secretario de Seguridad de Chivilcoy, Arturo Pertosa, de suspender a una empleada que a través de las redes sociales había avalado el deterioro del Centro de Monitoreo, por calificarlo una «inconducta notoria», finalmente se decidió dar marcha atrás con la medida.

El funcionario salió a aclarar lo sucedido y señaló que ante «una anomalía que se detectó en el funcionamiento de un área de seguridad, lo único que se hizo fue tomar una medida del tipo disciplinaria y la realidad es que el agente municipal hizo su descargo con una nota por escrito, patrocinada y acompañada por una abogada».

De esta manera, Pertosa agregó que, «luego de reunión con ellas en mi oficina, la sanción que se había establecido de 10 días de suspensión, fue reconsiderada ante el descargo contundente que me presentó con su abogada», por lo que sólo consistió sólo en un «llamado de atención».

Sin embargo, el Secretario de Seguridad defendió su accionar y remarcó que quienes trabajan en Seguridad, lo tienen que hacer «con la seriedad y la reserva del caso». «A veces mostrar cuestiones internas del área Tránsito, Guardia Urbana y monitoreo ponen en riesgo la seguridad del vecino de Chivilcoy», manifestó.

Por último, aclaró que sólo se trató de un corte en la pantalla para reseteo, ante una deficiencia por una cuestión informática, y que ya quedó reestablecido.

 

 

 

El funcionario elevó una nota al Director de Personal solicitando la suspensión por el término de 10 días, sin goce de sueldo, de una empleadas de la Guardia Urbana, dependiente del área que el conduce, por incurrir en las causales previstas en el artículo 107, inciso 3 y 10 de la Ley 14656, «siendo esta inconducta notoria y falta grave que perjudique materialmente a la administración municipal o que afecte el prestigio de la misma».

(Cuarto  Politico)

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