6 Dic 2025
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Nueve de Julio

El Editorial del Lobo-Especial

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Condenada penalmente, inhabilitada para ejercer cargos públicos y, sin embargo, aún en funciones, la continuidad de la Jueza de Faltas María Florencia Valinoti, a pesar de una condena firme, no solo desafía la letra de la ley: hiere gravemente la legitimidad institucional y exhibe la inacción de un poder municipal paralizado. Adelanto. La sentencia existe, está firme, y debe cumplirse. No hay tecnicismos válidos ni recursos pendientes que puedan torcer esta realidad sin comprometer el Estado de derecho.

No hay firmeza pendiente: hay voluntad de dilatar

En febrero de 2023, Valinoti fue condenada a un año y seis meses de prisión en suspenso y a tres años de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, por falsedad ideológica y violación de los deberes de funcionaria pública. Esa condena fue ratificada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense en julio de 2024. Es decir, el proceso ordinario ha concluido. La sentencia está firme.

Sin embargo, sectores cercanos a la funcionaria, y algunos medios que ofician de caja de resonancia, insisten en que «la sentencia no está firme» porque se presentó una queja ante la Corte Suprema. Esa afirmación es jurídicamente insostenible. La presentación de una queja no suspende ni invalida los efectos de la condena, a menos que el máximo tribunal la admita expresamente y otorgue el recurso extraordinario, algo que no ha sucedido.

¿Y si cerramos los tribunales y las cárceles? Una queja para no cumplir la condena

En 9 de Julio parece haberse estrenado una nueva doctrina judicial: la de la impunidad por insistencia. Una Jueza de Faltas con condena penal firme, que incluye inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, sigue firmando resoluciones como si nada. ¿La excusa? Presentó un recurso. ¿El argumento? Quejarse.

Pretender que una simple queja paralice los efectos de una sentencia penal equivale a habilitar una vía de impunidad ilimitada, donde ninguna condena sería ejecutable hasta agotar infinitos intentos de apelación. La ley argentina —doctrina, jurisprudencia y legislación— es contundente en este punto.

Si esta lógica prosperara habría que tomar una decisión drástica: cerrar todas las cárceles, archivar los expedientes y liberar a los condenados. Total, siempre pueden presentar “un escrito” y decir que “esto no terminó”. Como si la Justicia fuera una feria de reclamos donde cada fallo queda en suspenso por tiempo indefinido.

La ley argentina no deja dudas. Cuando una sentencia penal queda firme, sus efectos son inmediatos. Y si el fallo dice “inhabilitación absoluta”, no hay escritorio municipal, ni firma oficial, ni cargo público que lo contradiga legalmente. La permanencia de María Florencia Valinoti en funciones no solo es ilegal, es una burla al Estado de Derecho. Y peor aún es el silencio institucional que la rodea. Porque permitir que una persona condenada siga actuando en nombre del Municipio no es solo una irregularidad: es encubrimiento.

La justicia no puede ser rehén de maniobras dilatorias

La Corte Suprema, en fallos emblemáticos como Madorrán (Fallos 330:1989), ha establecido con claridad que las penas accesorias como la inhabilitación operan automáticamente cuando la condena está firme. No requiere un acto administrativo adicional. Tampoco pueden suspenderse por recursos que no han sido admitidos.

La doctrina más respetada —Donna, Zaffaroni, entre otros— sostiene que la firmeza se alcanza cuando se agotan los recursos ordinarios y cuando los extraordinarios no son concedidos. La mera presentación de una queja, sin admisión, no suspende nada. Aceptar lo contrario sería legitimar una estrategia dilatoria que solo busca, en este caso, perpetuar en el cargo a una funcionaria condenada. No se trata de un vacío legal: se trata de una interpretación de pie forzado, carente de fundamento, que compromete la legalidad y habilita la continuidad ilegítima de una autoridad sancionada penalmente.

Ética pública: el principio que no admite excepciones

Ya lo explicamos. Más allá de lo jurídico, existe una dimensión ética ineludible. ¿Puede una jueza condenada por falsedad ideológica seguir firmando resoluciones? ¿Puede representar al poder de contralor municipal alguien que ha sido inhabilitada por violar deberes inherentes a su función?

La respuesta es clara: NO. No se trata de un tecnicismo, sino de una exigencia mínima de integridad. El poder judicial, aun en su nivel municipal, requiere imparcialidad, confianza pública y ejemplaridad. Cada día que Valinoti sigue ejerciendo sin sustento legal ni legitimidad ética erosiona esas bases. La pasividad de las autoridades políticas municipales en este contexto no es neutra: es una forma de complicidad. El silencio frente a lo evidente se convierte en un acto político. Y ese acto tiene consecuencias.

La impunidad no puede institucionalizarse

Algunos han intentado desacreditar este reclamo, acusando a Semanario Extra de confundir a la ciudadanía. No confundimos: informamos. No especulamos: citamos fallos, leyes y doctrinas. No opinamos sin base: señalamos un hecho grave y documentado. La permanencia en funciones de una jueza penalmente condenada no es opinable. Es ilegal, ilegítima e inaceptable.

Reflexión Final. Dura es La Ley pero es La Ley

Este caso es un síntoma alarmante de un deterioro institucional que avanza cuando la ley se relativiza y los compromisos éticos se postergan.No se puede construir una democracia sólida sobre la base de excusas legales ni sobre el silencio cómplice de quienes deberían garantizar el cumplimiento de la norma. Mi abuelo Lobo siempre decía: “Si tomás buenas decisiones, el tiempo juega a tu favor. Si tomás malas decisiones, el tiempo juega en tu contra”. La pelota volvió a su campo. Se verá como la juega.

El Lobo

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