6 Dic 2025
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Nueve de Julio

Jueza condenada sigue firmando: el silencio de Gentile ante la ilegalidad

Inhabilitada por la Justicia Penal, María Florencia Valinoti continúa firmando resoluciones como jueza de Faltas. La ley es clara, pero el silencio institucional es aún más grave.

La jueza de Faltas N°1 de 9 de Julio, María Florencia Valinoti, fue condenada por la Justicia Penal a un año y seis meses de prisión en suspenso, tres años de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos y el pago de costas procesales. La sentencia fue dictada el 9 de febrero de 2023 por el Juzgado Correccional N°3 del Departamento Judicial de Mercedes, y quedó firme en julio de 2024, luego del rechazo del recurso de queja presentado ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense.
La condena —por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento público, cometidos en el ejercicio de su función— no es menor. Sin embargo, y pese a estar inhabilitada por tres años para ejercer cargos públicos, Valinoti sigue actuando como jueza, firmando sanciones, resoluciones y expedientes en nombre del Estado municipal.

La ley es clara: la inhabilitación opera de pleno derecho. A quienes relativizan el alcance de la condena por ser “en suspenso”, el propio Código Penal argentino responde en su artículo 12:
“La condena de prisión o reclusión lleva consigo como consecuencias legales: la cesación en el cargo público que ejerciere el condenado, aunque la pena sea de ejecución condicional.”

En otras palabras, la jueza Valinoti debía cesar automáticamente en su cargo desde que la condena quedó firme, sin necesidad de resolución administrativa. Así lo ratificó la Corte Suprema de Justicia en el emblemático caso “Madorrán” (2007), que estableció que la inhabilitación por condena penal no es optativa ni requiere trámite adicional: se aplica por el solo hecho del fallo firme.
Desde entonces, cualquier actuación administrativa o judicial que realice carece de legitimidad, al ser dictada por una persona que legalmente ya no puede ejercer funciones públicas. En términos jurídicos, sus resoluciones podrían ser declaradas nulas de nulidad absoluta, como sostiene la doctrina clásica del derecho administrativo argentino (Marienhoff, Cassagne).

¿Y el Municipio?

Lo más preocupante no es sólo la continuidad de Valinoti en el cargo, sino el silencio del Departamento Ejecutivo y la pasividad del Concejo Deliberante. Ambas instancias tienen herramientas claras para resolver esta irregularidad. La Constitución de la Provincia de Buenos Aires (art. 248) y la Ley Orgánica de las Municipalidades facultan a las autoridades locales a disponer la cesación de funciones por “inhabilidad legal sobreviniente”. El incumplimiento de este deber podría derivar en responsabilidades políticas, administrativas e incluso penales para los funcionarios que omitan actuar.

Cuando se ignora la ley, se degrada la institución

El caso Valinoti pone en evidencia algo más que un descuido burocrático: muestra hasta qué punto puede naturalizarse la ilegalidad en el ejercicio del poder público. Una funcionaria condenada por falsificar documentos y violar deberes institucionales básicos continúa firmando actos administrativos como si nada hubiese ocurrido. Y nadie —hasta ahora— en el gobierno municipal parece dispuesto a cumplir y hacer cumplir la ley. La condena judicial ya habló. Lo que está en juego ahora es la integridad institucional del municipio.

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