5 Mar 2026
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Nueve de Julio

El Gobierno endureció el derecho de admisión a los estadios de fútbol

La medida fue publicada este miércoles a través de la Resolución 2025 en el Boletín Oficial.

En medio de advertencia de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, a los barrabravas, el Gobierno endureció este miércoles las condiciones para aplicar el derecho de admisión en los estadios de fútbol.

A través del Resolución 321/2025, publicada en el Boletín Oficial, se facultó al Ministerio de Seguridad a “restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que puede generar un riesgo para la seguridad pública”.

De esta manera, se podrá prohibir el ingreso a toda persona que se encuentre “imputada, procesada o condenada” por delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias.

La medida también se extiende a aquellos “procesados o condenados por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico”.

En el documento además se incluyó a quienes se encuentren imputados en cualquier actuación contravencional o hayan tenido conductas violentas en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, “durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos, así como también durante los traslados de las parcialidades hacia o desde el estadio deportivo donde se desarrolle el espectáculo”.

Las restricciones también comprenderán a partir de ahora a quienes hayan tenido “conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público, ya sea de manera individual o en el marco de una manifestación o congregación en la vía pública o en lugares abiertos al público en general, con o sin desplazamiento, cualquiera sea su naturaleza”.

Y, por último, a quienes incurrieren en “conductas o prácticas violentas durante su traslado hacia o desde un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico, o alteraren el orden público, o utilizaren servicios de transporte de pasajeros no registrados ni habilitados por la autoridad competente”. Lo mismo a las personas que se encontraren “imputadas, procesadas o condenadas por delitos cometidos con motivo o en ocasión de un espectáculo futbolístico”. (DIB)

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