Un capítulo de controversia judicial ha marcado el caso de Mario David Sayal, acusado de estafa procesal y circunvención de incapaces (IPP 09-00-015225-13/00), luego de que la Cámara de Apelaciones y Garantías Sala III, integrada por los jueces Gisela Selva y Pablo Muga, desestimara los recursos extraordinarios interpuestos tanto por el Ministerio Público como por la defensa de la Particular Damnificada Alicia Pini. Este rechazo ha dejado en evidencia una serie de dudas respecto al proceder de la Cámara y la posibilidad de que la Justicia provincial realice una revisión completa de la causa, particularmente por la existencia de una sentencia condenatoria en primera instancia y una posterior absolución en segunda instancia.
En primer lugar, es importante señalar que el juicio comenzó con una sentencia condenatoria por parte del Juzgado Correccional N° 1 del Departamento Judicial de Mercedes, lo que representó un fallo de primera instancia que encontraba a Sayal culpable de los cargos que se le imputaban. Sin embargo, al elevarse el caso a la Cámara de Apelaciones y Garantías, la Sala III, compuesta por los jueces Selva y Muga, dictó una sentencia absolutoria, dejando sin efecto la condena previa.
Este giro radical, que resultó en la absolución de Sayal, ha generado controversia debido a las profundas implicaciones de la acusación y las pruebas presentadas en su contra, especialmente la acusación de circunvención de incapaces, un delito particularmente grave que involucra la manipulación y explotación de personas vulnerables.
El recurso extraordinario presentado tanto por el Fiscal General Adjunto, doctor Pablo A. Merola, como Alicia Pini constituida en la Particular Damnificada, buscaba llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCJPBA), con el objetivo de que se revisara la decisión de la Cámara. El propósito de estos recursos era asegurar que un tribunal de mayor jerarquía pudiera evaluar si la absolución dictada en segunda instancia, en contraposición con la condena inicial, era adecuada y conforme a derecho. Sin embargo, los jueces de la Sala III decidieron desestimar estos recursos, considerándolos inadmisibles y cerrando la puerta a una posible revisión por parte de la SCJPBA.
En este contexto, la SCJPBA tiene ante sí un dilema fundamental: ¿Debe intervenir en un caso tan sensible que involucra acusaciones de estafa procesal y manipulación de personas incapaces, o debe respetar la decisión tomada por la Cámara de Apelaciones? La respuesta a esta pregunta no solo determinará el futuro de este caso específico, sino que también pondrá a prueba la disposición del sistema judicial provincial para garantizar una justicia plena y de calidad en situaciones tan complejas y delicadas.
La clave de este caso radica en la discrepancia entre la condena y la absolución, dos fallos opuestos que merecen una revisión crítica por parte de las instancias judiciales superiores, ya que involucran derechos fundamentales y cuestiones de legalidad que no pueden ser pasadas por alto sin un examen detallado.
Momento en el cual, en el proceso judicial, se presenta la prueba en cuestión:
https://drive.google.com/file/d/1tnZIT-YHtVLMT-6Q8GDFKpxOFx3poug-/view





