15 Nov 2025
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Nueve de Julio

Bragado: El municipio recomendó el uso de barbijos caseros

También estableció nuevos mecanismos en los controles de acceso al distrito de Bragado.También deberñan permanecer en cuarente todos aquellos que regresen desde el exterior o de una ciudad considerada de riesgo en el país. Además, se controlará la temperatura de los choferes.

Con el objetivo de contener la Pandemia de Coronavirus, el intendente Vicente Gatica determino mediante un decreto nuevos mecanismos en los controles de  accesos de personas y vehículos al distrito de Bragado. Entre otras recomendaciones, también promueve la utilización cubrebocas en la población como medida preventiva.

El ya rige desde el jueves último  y durará mientras esté vigente la Emergencia Sanitaria en el Distrito de Bragado.

Con la finalidad de que el virus no se propagué en la comunidad bragadense el Decreto 285-2020 establece que  toda persona con domicilio en la ciudad que regrese desde el exterior del país o desde una ciudad considerada de riesgo deberá permanecer en 14 días cuarentena controlada; el control estará a cargo de la Secretaría de Políticas Públicas en Salud de  la Municipalidad.

Esta medida también rige para personas con domicilio en la ciudad que viaje fuera de Bragado mientras dure la Emergencia Sanitaria distrital, salvo en los casos en que  justifique fehacientemente que su egreso se debió a cuestiones que tengan que ver con su salud, o de un familiar directo; mientras que las personas que no posean domicilio en la ciudad y pretendan ingresar y permanecer en Bragado deberán justificar fehacientemente el motivo por el cual pretendan su permanencia dentro de nuestro Distrito, quedando a consideración de las Fuerzas de Seguridad su admisibilidad.

 De la mediada antes mencionada queda exceptuado el personal de Salud, de Fuerzas de Seguridad, del Poder Judicial, comisionistas, viajantes, trabajadores rurales y transportistas de mercadería que abastecen a la comunidad  de elementos esenciales, teniendo en cuenta que estos actúan mediante un Protocolo de Higiene establecido por autoridades sanitarias y un permiso especial para ingresar y egresar de nuestra ciudad.

Para todos los transportes públicos de personas que ingresen a Bragado, el Decreto indica que serán desinfectado, se controlará la temperatura de los pasajeros y se registrará su lugar de procedencia y lugar de residencia dentro de la ciudad  a fin del posterior  monitoreo del estado de salud de las personas registradas.

 También señala que los transportes públicos de personas que sean habilitados para circular por la ciudad deberán registrarse en el municipio para obtener su Autorización, una vez autorizado, serán desinfectados diariamente y sus pasajeros deberán viajar con barbijo o máscara facial.

Otro de los artículos hace mención a los transportes de mercadería, es decir a  todo vehículo que ingrese con el fin de entregar productos esenciales, alimentos, carnes, medicamentos y otros, manifestando que serán desinfectados en los ingresos de Bragado.

Asimismo, se controlará la temperatura de los choferes, se registrará datos primordiales para un posterior monitoreo de su tránsito dentro de nuestra ciudad; además los choferes de estos vehículos deberán usar barbijo y portar alcohol en gel durante toda su estadía en la ciudad de Bragado.

La inspección de los mismos estará a cargo de las áreas de Dirección General de Seguridad, Dirección de Seguridad Vial, y Oficina de Bromatología de nuestro Municipio; y Policía de la Provincia de Buenos Aires.

 En lo que respecta a las personas o comerciantes que reciben los productos citados en el artículo antes mencionado, señala que deberán cumplir y ser responsables en el control de las medidas de bioseguridad, siendo sancionados en caso de incumplimiento de las mismas.

 Según consta en la nueva medida, así como las personas que prestan servicios esenciales en la ciudad  deben  cumplir con todas las medidas de bioseguridad (cubreboca y máscara de protección facial) y recomienda a la población de Bragado la utilización de cubrebocas de fabricación casera, sujeto a lo que determine oportunamente las autoridades sanitarias.

(Cuarto Político)

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