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viernes, 29 marzo, 2024

Proponen prohibir por Ley la pirotecnia sonora en la Provincia  

En las últimas horas ingresó a la Cámara de Diputados bonaerense un Proyecto de Ley en el que se plantea la prohibición de la comercialización, venta, distribución, tenencia y uso tanto público como privado de pirotecnia sonora en la provincia de Buenos Aires. Esta iniciativa fue presentada por el legislador Avelino Zurro y tiene como objetivo proteger a todas las personas que posean sensibilidades auditivas y/o cognitivas especiales, las cuales ven afectadas su salud ante cada una de las detonaciones de los artefactos pirotécnicos.

Se incluye en este padecimiento a niños, niñas, adultos y adultas con determinadas discapacidades o padecimientos, como por ejemplo Síndrome de Down, Autismo, Aspenger, etc. Además, por otro lado, también se intenta contemplar el sufrimiento de todos los animales con respecto a la pirotecnia sonora. Basta con repasar los miles de casos en los que, por ejemplo, las mascotas se pierden en la búsqueda de una protección o refugio que nunca encuentran debido a los efectos que les produce la pirotecnia.

 

ARRAIGO CULTURAL Y FLAGELO

“Sin dudas el uso de pirotecnia es un arraigo cultural, el cual se ve acentuado en las fiestas como Navidad y Año Nuevo, y muchas veces en eventos o celebraciones. Pero lo que no nos damos cuenta y lo que nos tenemos que dar cuenta es que muchas veces la utilización de pirotecnia es un flagelo. Es un flagelo no sólo para los que tienen un accidente utilizando indebidamente la pirotecnia -o utilizando pirotecnia no autorizada-; sino, lo que es mucho más grave, es que afecta a un amplio abanico de bebes, bebas, niños, niñas, adultos, adultas, que por alguna afección de su salud tienen el umbral de sonido sensibilizado. Lo mismo ocurre en las personas con discapacidad que también tienen extrema sensibilidad en sus oídos, como es el caso de quienes tienen Síndrome de Down, Autismo, Aspenger, etc.”, sostuvo el diputado Avelino Zurro.

Por su parte, agregó la consideración que “desde otro escenario y desde otra mirada, también afecta la vida animal, quienes también se ven afectados por las denotaciones de la pirotecnia. Cientos de perros en nuestros pueblos son irritados y muchas veces hasta se pierden; o sus dueños los tienen que tranquilizar con calmantes para Navidad o Año Nuevo”.

 

DIVERSAS LEGISLACIONES LOCALES

“Nos pusimos a estudiar y detectamos que se da una particularidad: cada Municipio ha reglamentado de la manera que entendía era mejor la aplicación de su poder de Policía. Pero eso lleva a que haya una dispersión y una diferencia de normativas según cada uno de los distritos, cuando la problemática es común”, detalló el legislador pehuajense.

En esa línea, informó que “en el estudio que realizamos en la Cuarta Sección Electoral concluimos, por ejemplo, que Pehuajó tiene una prohibición de pirotecnia sonora; que Carlos Tejedor no tiene absolutamente nada referido a la materia, es decir que en Tejedor se puede tirar cualquier tipo de pirotecnia; que Carlos Casares tiene prohibido absolutamente todo: la pirotecnia sonora y la pirotecnia de estallido con luces; y que General Villegas, si bien tiene prohibido todo, tiene una medida cautelar interpuesta -a raíz de un fallo de la Corte- donde dentro de los seis meses tiene que readecuarse porque está mal prohibir el todo. Como vemos, en algo más de 200 kilómetros de distancia, hay cuatro situaciones legislativas distintas.

 

MARCO REGULATORIO GENERAL

De acuerdo a lo expuesto, Zurro concluyó que “lo que vinimos a hacer es dotar a la Provincia de un marco regulatorio general que trate el tema de la pirotecnia. ¿De qué manera? Que se prohíba solamente la pirotecnia que verdaderamente está comprobado que causa un daño, que es la pirotecnia de detonación. Y dejar, en la redacción de nuestra Ley, por supuesto a salvo el poder de cada uno de los Municipios, para que actúen según el poder de Policía que sin dudas tiene cada una de las Municipalidades”.

“Además, esta legislación toma relevancia ante un reciente fallo de la Corte, que vino a declarar la inconstitucionalidad de una ordenanza del Municipio de General Alvarado que prohibía todo. Y la Corte dijo bien que podía reglamentarse, pero no, bajo ninguna circunstancia, podía prohibir una actividad lícita”, recordó el diputado bonaerense.

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