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Nueve de Julio
martes, 23 abril, 2024

EXCEPCIONES PARA QUIENES PROTEJAN EL ARBOLADO PUBLICO

ComunicadoLa Municipalidad de Nueve de Julio recuerda que, tras la correspondiente aprobación por parte del H. Concejo Deliberante, han surgido importantes modificaciones respecto del cobro de la Tasa de Publicidad y Propaganda que abonaban todos los comercios e industrias de la ciudad y el distrito queda exceptuada de tal instancia si se cuenta con el pago de la Tasa de Seguridad e Higiene al día, en tanto que también deberá cumplirse la Ordenanza de Protección del Arbolado Público, registrada bajo el número 2.680 y que data del año 1.989.

Esta última disposición, cabe recordar, apunta a recuperar el arbolado público de la ciudad, fundamentalmente en el radio céntrico, donde muchas especies han desaparecido y resulta necesario recuperarlas no solamente para el cuidado del medioambiente, sino también para ganar en mayor oxigenación y sombra.

De esta manera, los comercios e industrias, deberán efectuar la colocación de árboles de más de dos metros de longitud en los espacios faltantes –con una separación de 5 a 7 metros, y de acuerdo a las normativas establecidas en la referida Ordenanza-, recomendándose las especies de fresnos (americano, rojo o dorado), catalpas, arces burgerianos y lapachos, que cumplen con los fines propuestos.

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