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jueves, 18 abril, 2024

DEUCO 9 de Julio informa

 
Nueva resolución del OCEBA(Órgano Regulador Eléctrico BA): Facturas de luz no podrán tener conceptos ajenos al servicio en Provincia .
A través de la resolución 167/18 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, el Organismo de control de la Energía Eléctrica (Oceba) se toma del artículo 78 de la Ley Nº 11.769, que dispone que las facturas a usuarios «deben detallar la información necesaria y suficiente que permita constatar al usuario en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas». La medida rige a partir de este Miercoles 16 de Mayo. En este sentido siempre advertimos a los usuarios Bonaerenses y particularmente de 9 de Julio, que los conceptos ajenos debian facturarse por separado, troquelado o como lo dispusiera la distribuidora. Desde 2003 hasta la fecha insistimos con el reconocimiento del derecho Ley 11.769- articulo 78, haciendo notar que tambien la ley 24.240 lo prohibe. Asimismo el OCEBA dio de baja todas las autorizaciones brindadas hasta ahora por el organismo. Queda exento el cobro por alumbrado publico.  Tambien, DEUCO 9 de Julio, recibio varios reclamos de usuarios, denunciando el cobro de conceptos ajenos al servicio sin la correspondiente autorización que primariamente fue trasladada la inquietud a la Defensoria del Pueblo de BA, en el seno del Consejo Asesor de Usuarios y Consumidores que formamos parte y posteriormente se presento ante la justicia el reclamo pertinente. Tengan por seguro los usuarios, que haremos conjuntamente, un seguimiento estricto del cumplimiento de lo ordenado en la resolucion OCEBA resolucion 167/18.-
DEUCO 9 de Julio. BA. 16.5.2018.

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